El próximo 5 de Abril se inicia la campaña de Renta 2016, por primera vez sin el programa Padre.
Según el artículo que se acompaña, la Agencia Tributaria pondrá a disposición del contribuyente toda una batería de ayudas para la presentación de tu Renta 2016, pero si con todas esas facilidades te parece complejo, te surgen dudas o tienes dificultades para cumplimentar y presentar tu Renta, no lo dudes y contacta con nosotros.
Que documentación es necesaria para la correcta confección de Renta 2016
A continuación tienes un resumen de los datos necesarios que debes tener a mano para la verificación de tu borrador, que recordamos, este año se gestiona a través de la plataforma «Renta Web» que la Agencia Tributaria ha puesto a disposición de todos los contribuyentes.
Datos Identificativos
Situación Familiar: Estado civil, descendentes, ascendientes, cónyuges o pareja de hecho y conviviente con el declarante con todos o alguno de ellos. Régimen económico del matrimonio. Circunstancia y grado de discapacidad de cada uno de los miembros del entorno familiar comentados. Pensiones compensatorias y anualidades por alimentos pagadas durante el ejercicio. Así como los datos personales cumplidos de todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar y NIF de los mismos.
Referencia catastral de la vivienda habitual, tanto si es de propiedad como arrendada.• Declaración de Renta del año 2015.
Datos bancarios que debido a la nueva normativa se proporcionará el número IBAN de la cuenta corriente donde se requiere la devolución o el pago del impuesto.
Los que procedan de
Rendimientos del trabajo
- Certificado de retención y cotización de la empresa, por las personas que tienen contrato laboral.
- Certificados de pensiones percibidas en concepto de jubilación, viudedad, orfandad, expedidos por el organismo competente.
- Certificados de cuotas percibidas por incapacidad laboral o bajas de maternidad.
- Certificado de ingresos de las prestaciones por paro, expedido por el INEM.
- Importe de las prestaciones recibidas de Planes de Pensiones, en forma de capital único o de rentas vitalicias.
- Justificantes de las cuotas sindicales y de colegios profesionales obligatorios satisfechas.
- Importe de los pagos efectuados a la Seguridad Social en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos ( RETA ) y/o convenios especiales
Rendimientos del capital Mobiliario
- Información fiscal bancaria, que envían cada año las entidades financieras sobre cualquier tipo de cuenta, crédito, productos, fondos de inversión, planes de pensiones, etc. para poder cumplimentar las declaraciones de IRPF.
- En el caso de operaciones societarias de entidades a las cuales se participa documentación relativa a aumentos y/o ampliaciones de capital, disolución, aportaciones no dinerarias, distribución de prima de emisión.
- En caso de ser socio accionista de una sociedad que no cotiza a Bolsa, certificado de dividendos percibidos y retenciones practicadas. En caso de ser una sociedad en régimen de transparencia fiscal, certificado de imputaciones a los socios.
- Certificado de rendimientos derivados de percepciones de contratos de seguros de vida.
Rendimientos del capital Inmobiliario
- Por los propietarios de inmuebles que constituyan vivienda habitual, recibidos del IBI.
- Por los propietarios de inmuebles que no sean vivienda habitual, recibidos del IBI.En caso de que los inmuebles se encuentren alquilado: los ingresos percibidos, certificado de retenciones, y recibos o facturas de todos los gastos imputables a la obtención de ingresos.(Ejemplo, seguro vivienda no repercutido al arrendatario, recibidos de la comunidad de propietarios, intereses de préstamos asociados a la adquisición del inmueble …etc.).
- Importe de las cantidades destinadas a la adquisición, construcción o rehabilitación de la vivienda habitual, o certificado bancario donde se desglose los intereses, capital amortizado y capital pendiente tanto de la vivienda habitual como la alquilada.Sólo se podrá practicar la deducción por adquisición, construcción i/o rehabilitación de la vivienda habitual siempre y cuando ésta se haya adquirido con anterioridad al 1 de Enero de 2013.
- Importe de las cantidades destinadas al alquiler de la vivienda habitual junto con el NIF del arrendador, fecha de contrato de arrendamiento del cual se tiene que ser titular ya que sólo se podrá aplicar deducción por alquiler de vivienda habitual para aquellos contratos celebrados antes del 1 de Enero de 2015.
Actividades Económicas y Profesionales
- Por los empresarios y profesionales individuales, los cuatro trimestres de los pagos fraccionados así como el resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido en el supuesto de que estén obligados a su presentación.
- Libro de ingresos y gastos del ejercicio.
- Por aquellos empresarios en estimación directa, primas de seguro por enfermedad satisfechas, correspondiendo a la propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él.
Ganancias y pérdidas patrimoniales
- Documentación en lo referente a cualquier transmisión de bienes o derechos que haya podido producir una alteración patrimonial, así como la documentación relativa a la adquisición referenciando valor de adquisición, forma de adquisición y fecha de adquisición; así como los impuestos pagados tanto en la transmisión como en la adquisición.
Otra documentación
- Aportaciones y contribuciones a Sistemas de Previsión Social.
- Aportaciones y contribuciones a Sistemas de Previsión Social constituidos a favor de personas con discapacitado así como las aportaciones a Patrimonios Protegidos.
- En el caso de que su situación personal sea la de separado o divorciado, las cantidades satisfechas por anualidades por alimentos a favor de los hijos así como las cantidades pagadas en calidad de pensión compensatoria por la ex-cónyuge.
- Certificados de donativos efectuados a favor de entidades así como el certificado de donativos a entidades que fomentan el uso de la lengua catalana, o a entidades que fomentan el uso de I+D+y o a donaciones con beneficio del medioambientales.
- Cantidades pagadas en concepto de alquiler de la vivienda habitual.
- En el caso de pertenencia a una entidad de atribución de rentas ( Sociedad Civil Privada o Comunidad de Bienes ), certificado de imputación de Rentas del ejercicio o el Modelo 184 del ejercicio 2016.
- Cantidades percibidas anticipadamente por deducción por maternidad.
- Cantidades obtenidas en concepto de Renta Básica de Emancipación de Jóvenes establecida por Real Decreto 1472/2002 de 2 de Noviembre.
- Subvenciones Públicas por la Adquisición de Vehículos Automóvil (Plan PIVE).